PREGUNTAS FRECUENTES
PREGUNTAS FRECUENTES
IMPUESTO AUTOMOTOR
Cualquier gestión relacionada con impuesto automotor deberá ser dirigida al Municipio de esta Provincia en el que se encuentre radicado el vehículo.
CLAVE FISCAL
TRÁMITE ELECTRÓNICO:
Para obtener clave vía mail (para hacer uso de esta opción tiene que tener un correo electrónico informado y verificado en sus datos registrales de la A.F.I.P.): COMENZAR PEDIDO DE CLAVE
Si selecciona la opción de generación de clave mediante la validación de tributos tenga en cuenta que deberá ingresar tres (3) montos de impuesto determinado que haya declarado ante esta Dirección General en el periodo fiscal actual o inmediato anterior. Los tributos disponibles para la validación son: ver aquí
TRÁMITE PRESENCIAL: se realiza en Receptorías y Delegaciones. Deberá contar con la documentación obligatoria a presentar, según el Anexo I de la Resolución Nº 505/2017 DGR. Los sujetos que deban operar con Clave Fiscal, podrán autorizar a una tercera persona para que, en su nombre y representación, realice el trámite presencial de solicitud de la misma mediante Formulario de Representación incluido en el Anexo II.
TRÁMITE DE EXCEPCIÓN / ORGANISMOS PÚBLICOS: el pedido se realiza mediante la Consulta WEB desde esta página. Esta opción está orientada a contribuyentes que no pueden efectuar el trámite presencial, por cuestiones de distancia con las receptorías o delegaciones de esta Dirección General, y tampoco pueden hacerlo en forma electrónica porque no cuentan con los datos que requiere el sistema.
En la consulta WEB debe especificar los siguientes datos: CUIT, Razón Social y carácter del solicitante, y adjuntar escaneada la documentación que corresponda, según el Anexo I de la Resolución Nº 505/17 DGR. Los sujetos que deban operar con Clave Fiscal, podrán autorizar a una tercera persona para que, en su nombre y representación, realice el trámite presencial de solicitud de la misma mediante Formulario de Representación incluido en el Anexo II.-
- ORGANISMOS PÚBLICOS
Se habilita la modalidad por TRÁMITE DE EXCEPCIÓN. La solicitud deberá realizarse mediante la “Consulta WEB” desde esta página, adjuntando Nota Modelo y el acto administrativo, resolución u otro instrumento que designe en el cargo a la persona firmante de la mencionada Nota: Nota Modelo (Descargar)
Gestión on line: Obtener clave
COMPROBANTES DE PAGO ON LINE
Si no ve una boleta puede ser porque:
- Sistema muestra el comprobante únicamente cuando se acredita, dependiendo del medio de pago puede tardar hasta 72 hs. para verse.
- La boleta no tiene que haber sido pagada más de una vez
DDJJ SIFERE WEB
DOMICILIO FISCAL ELECTRÓNICO
IMPUESTO INMOBILIARIO
- la valuación fiscal multiplicada por el coeficiente de variación de referencia (CVR)
- la superficie del inmueble (en hectáreas) multiplicado por la estimación de carga ganadera general (correspondiente al departamento donde se encuentra ubicado) y por el valor unitario de una oveja de refugo (informado por el INTA en el último Informe de Precios de Carne y Ganado de la Patagonia para Chubut. (Ley de Obligaciones Tributarias Vigente Título II Impuesto Inmobiliario )
- Si el contribuyente presenta las Declaraciones Juradas faltantes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, correspondientes a las actividades realizadas en el inmueble (inscribiéndose en el Impuesto si no lo está);
- o presentando mediante Consulta Web el contrato de arrendamiento, comodato o mutuo, etc. vigente y con el impuesto de sellos abonado. Debiendo constar en el documento partida inmobiliaria y/o nomenclatura del inmueble arrendado.
- Los inmuebles destinados a templo de culto religioso pertenecientes a instituciones religiosas reconocidas por autoridad competente;
- Los inmuebles utilizados por Asociaciones Civiles para prestar servicios de salud pública y de asistencia social, de Bomberos Voluntarios y de Instituciones deportivas;
- Los inmuebles destinados a escuelas, colegios, bibliotecas, universidades, instituciones educacionales y de investigaciones científicas y cooperadoras escolares;
- Los inmuebles ocupados por asociaciones obreras, de empresarios o profesionales, con personería jurídica o gremial, por las asociaciones de fomento o mutuales con personería jurídica y por los partidos políticos
- Los inmuebles pertenecientes a Comunidades Aborígenes, según el artículo 34º de la Constitución Provincial. (“… Se reconoce a las comunidades indígenas existentes en la Provincia: 1. La posesión y propiedad comunitaria sobre las tierras que tradicionalmente ocupan. El Estado puede regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano. Ninguna de ellas es enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargo…”)
LEY DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS 2020
LEYES ESPECIALES
Para realizar una baja, el procedimiento es similar, se descarga y completa la nota de BAJA, de la sección “Formularios” del sitio web de Rentas. Una vez que ha sido completada, debe ser presentada personalmente en una mesa de entradas de la Dirección General de Rentas, junto con la documentación requerida.
Puede ver los medios de pago disponibles, para cumplimentar el trámite. Puede ver el Instructivo “¿Cómo generar una boleta de tasas?” si necesita ampliar la información.
LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO DE SELLOS
SELLADO DE INSTRUMENTOS ON LINE
AUTOLIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO DE SELLOS
Si no tiene 3 sellados realizados y no está inscripto en ningún Tributo, deberá dirigirse a la Receptoría DGR más cercana a su domicilio para el trámite presencial.
MEDIOS DE PAGO
PLANES DE PAGO
La nueva modalidad de solicitud para Planes de Facilidad de Pago está prevista para todos los tributos a excepción de las exclusiones establecidas en el Art. 3° de la Resolución N° 390/17-DGR-.
Requisito: clave fiscalPaso inicial: con su Clave Fiscal debe ingresar a la Ventanilla Electrónica y seleccionar la opción Solicitud de Plan. En un desplegable podrá seleccionar la opción correspondiente a sus obligaciones.
- Confeccionar una solicitud por cada Tributo que desee incluir: Ej: Solicitud – Ingresos Brutos – Convenio Multilateral.
- Para reformular un Plan de Facilidad de Pago y/o Régimen de Regularización Tributaria anterior en condiciones Caduco/Intimado: Ej: Solicitud Reformulación Plan – Ingresos Brutos – Directo.
- De la misma manera, si desea regularizar un Plan de Facilidad de Pago y/o Régimen de Regularización Tributaria anterior suscriptos, u obligaciones tributarias que se encuentren en gestión judicial (Art. 4°): Ej: Solicitud Judicial .
Impuesto de Sellos: : puede asistir a la Receptoría DGR más cercana a su domicilio con la documentación correspondiente, o iniciar la solicitud ingresando con su clave fiscal a “Planes de Pago” > “Solicitud de plan de pagos”. También puede ingresar la solicitud por Gestión On Line.
Acuerdo Interjurisdiccional: Se lo genera el propio contribuyente vía Web.
Instructivo del trámite iniciado
* Una vez verificado el cumplimiento en el sistema, se le enviará el ofrecimiento para la adhesión al Plan de Facilidad de Pago. (Detalle de la deuda, cantidad de cuotas otorgadas, monto de las mismas, etc.).
* De estar de acuerdo con el ofrecimiento, nos enviará por la misma vía la conformidad. Remitiendo los siguientes datos de carácter obligatorio: Domicilio – Localidad – Código postal – Teléfono – CBU
Una vez efectuada la adhesión, se le remitirá, el formulario correspondiente a su Ventanilla Electrónica.
Recuerde que el Plan de Facilidades de Pago, quedara suscripto una vez acreditada la primera cuota (el pago se realiza mediante débito en cuenta – CBU).
Deberá solicitarla por Ventanilla Electrónica o telefónicamente a los teléfonos: 0280-4481360 | 0280-4481865 Interno 132.
Por el momento no. Estamos realizando tareas operativas sobre el sistema informático, para habilitar esta vía a corto plazo. Por ahora, debe contactarse al área de Control de Cumplimiento vía Ventanilla Electrónica.
RETENCIONES Y PERCEPCIONES INGRESOS BRUTOS
Condición excluyente: para poder solicitar el presente certificado el Saldo a Favor exteriorizado en la última posición declarada, debe ser mayor a la suma de los últimos 3 anticipos (Resolución N°483/2022-DGR)
La firma solicitante deberá ingresar a SOLICITUD DE CERTIFICADOS Y CONSTANCIAS y seleccionar tipo de certificado: Solicitud de Certificado de Exclusión de Retenciones y Percepciones.
- Razón Social y CUIT.
- Domicilio Fiscal
- Constancia de Domicilio Electrónico constituido – Art. 5º RES. 1141/18 D.G.R– (Ver Instructivo relacionado).
- Motivo por el cual solicitan exclusión, aportando una breve explicación y adjuntando toda aquella documental que respalde lo detallado.
- Nombre y firma del Presidente/Apoderado.
- Teléfono y Mail de contacto directos.
1 – Ingresar a la página de la Dirección General de Rentas www.dgrchubut.gov.ar y acceda con CLAVE FISCAL a su espacio informático reservado
• Si es contribuyente de Convenio: ingresar en el menú Convenio Multilateral > Consulta de Retenciones y Percepciones
• Si es contribuyente del Acuerdo y Directos: ingresar en el menú Ingresos Brutos > Consulta de Retenciones y Percepciones, y encontrará la opción Consulta de Retenciones.
Importante: únicamente se visualizan las retenciones y/o percepciones realizadas para la Jurisdicción DGR Chubut. No están disponibles las efectuadas para los municipios del Acuerdo Interjurisdiccional.
2- Se desplegará la pantalla de consulta solo debe completar el campo “Posición Fiscal” con el año y mes (Ej: 202105)
3- Aplicada la posición, visualizará abajo del campo dos botones: LISTAR y EXCEL. El primero muestra todas las retenciones y percepciones sufridas por el contribuyente en el período fiscal seleccionado; y con el segundo botón, podrá exportar esta información en formato Excel.
Recuerde que si Usted es contribuyente de Convenio Multilateral, deberá consultar las retenciones y percepciones de los aplicativos SIRCAR, SIRTAC SIRCREB Y SIRPEI a través de su clave fiscal AFIP – SIFERE Consultas (www.afip.gob.ar) – solo se visualizan en la presente consulta las retenciones del aplicativo propio de DGR Chubut WARIB
- Es necesario que se mantengan activas las cuentas sobre las cuales se aplicaron las retenciones a devolver
- Razón Social y CUIT.
- Domicilio Fiscal
- Constancia de Domicilio Electrónico constituido – Art. 5º RES. 1141/18 D.G.R– (Ver Instructivo relacionado).
- Motivo por el cual solicitan la devolución, aportando una breve explicación y adjuntando toda aquella documental que respalde lo detallado. Cuando la solicitud de devolución se corresponda con baja en Convenio Multilateral deberán adjuntar la misma.
- Monto a devolver.
- Periodos por los cuales solicita la devolución.
- Detalle de retenciones emitido desde la web www.sircreb.gov.ar – “Modulo de Contribuyentes con autenticación de Clave Fiscal AFIP”.
- Nombre y firma del Apoderado.
- Teléfono y Mail de contacto directos.
Cabe aclarar que las solicitudes de Devolución están sujetas a una posible inspección a la firma.
- Razón Social y CUIT.
- Domicilio Fiscal
- Constancia de Domicilio Electrónico constituido – Art. 5º RES. 1141/18 D.G.R– (Ver Instructivo relacionado).
- Motivo por el cual solicitan la devolución, aportando una breve explicación y adjuntando toda aquella documental que respalde lo detallado.
- Indicar si se trata de Retenciones o Percepciones a devolver.
- Monto a devolver.
- Periodos por los cuales solicita la devolución.
- Nombre y firma del Apoderado.
- Teléfono y Mail de contacto directos.
- Cabe aclarar que las solicitudes de Devolución están sujetas a una posible inspección a la firma.
TASAS RETRIBUTIVAS DE SERVICIOS
La otra razón puede ser que al completar la información requerida (Nombre, apellido, dirección) haya utilizado un carácter especial por ejemplo # (numeral) en el domicilio, o un apostrofe en un apellido, y estos signos producen conflictos técnicos que no permiten que se genere normalmente la Boleta. Trate de evitarlos o elimínelos si los ha utilizado.
Si corresponde a una tasa que se rige por la Ley de Obligaciones Tributarias podrá ubicarla ingresando a la sección Legislación de este sitio, seleccionando la ley del año al que corresponda la tasa que desea abonar.