Novedad de Sellos para Contribuyentes

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La Dirección General de Rentas comunica a los Contribuyentes que asistan a las Receptorías y Delegaciones de dicho organismo, a realizar el sellado de un instrumento, que a partir del 1º de febrero del corriente año, como condición ineludible deberán presentarse con el CUIT o CUIL de todas las partes que integran un instrumento para la liquidación del impuesto referido.

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