Cómo será la implementación del Sistema de Autoliquidación del Impuesto de Sellos

Cómo será la implementación del Sistema de Autoliquidación del Impuesto de Sellos

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Cómo será la implementación del Sistema de Autoliquidación del Impuesto de Sellos

La nueva modalidad de autoliquidación del Impuesto de Sellos está dirigida, en principio,  a Contribuyentes que sellan órdenes de compras suscriptas con los siguientes organismos: Ministerio de Economía, Obras Públicas, Contaduría General, Dirección General de Rentas, Obligaciones del Tesoro, Vialidad y Fiscalía de Estado.

Esta opción le evitará al Proveedor del Estado tener que movilizarse hasta una Delegación de Rentas para realizar el trámite de sellado de órdenes de compra. Además, realizarlo on line permite optar entre varias modalidades de pago, incluyendo el electrónico, y solo deberá imprimir el comprobante para acreditar el pago del Impuesto en el servicio administrativo.

La nueva modalidad de autoliquidación on line estará disponible a partir del día 01 de abril de 2016, con Clave Fiscal según lo establece la Resolución Nº 232/16 D.G.R.    Si NO  POSEE CLAVE FISCAL, puede solicitarla DESDE AQUÍ.

¿Por qué sólo con los Servicios Administrativos de algunos organismos?
Porque es una etapa de implementación y en la misma se irán haciendo los ajustes necesarios para que su funcionamiento sea óptimo, y en un corto plazo se podrá hacer con todos los organismos.

Si necesita instructivo para realizar el sellado,  puede descargarlo Aquí.

Esta iniciativa se enmarca en el Sistema de Calidad certificado por la Dirección General de Rentas que comprende la mejora continua sobre los procesos de atención al público.

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