AFIP extiende el plazo para acceder a los beneficios otorgados en el marco de la Emergencia Comercial

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A partir de gestiones efectuadas por la Dirección General de Rentas, organismo dependiente del Ministerio de Economía y Crédito Público  de la Provincia,  la AFIP prorrogó hasta el 30 de junio de 2019 el plazo para efectuar la presentación de la solicitud de los beneficios otorgados mediante la Resolución General  4276/18 AFIP: suspensión de la emisión y gestión de intimaciones por falta de presentación y/o pago, así como de la iniciación de juicios de ejecución fiscal y el cobro de las deudas reclamadas.

Cabe recordar que a efectos de solicitar el otorgamiento de los beneficios fijados en la mencionada Resolución, los responsables deberán presentar una nota -con carácter de declaración jurada- en los términos de la Resolución General N° 1128, ante la dependencia de AFIP en la que se encuentren inscriptos. La misma deberá estar acompañada por el Certificado extendido por la Dirección General de Rentas .

La obtención del certificado acredita la inclusión en la Emergencia Comercial. El mismo podrá ser solicitarlo desde la página web de la D.G.R. www.dgrentaschubut.gov.ar de manera completamente on line, o bien de forma presencial en las delegaciones de la Dirección General, presentándose en la oficina con el formulario impreso (disponible también en la página web) y la documentación requerida para adjuntar. Asimismo, se informa que los certificados emitidos durante el año 2018, tienen plena vigencia para este año.

 

Ver Normativa en Biblioteca Electrónica de AFIP

Resolución General 4487/2019 (PDF)

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